El CPF enumera los cursos de formación de los que puede beneficiarse personalmente un trabajador. El trabajador puede utilizarlo a lo largo de su vida laboral (especialmente durante los periodos de desempleo) para seguir un curso de formación, que debe conducir a una cualificación o certificación. El CPF ha sustituido al DIF (derecho individual a la formación) desde 2015. Entre las formaciones que conducen a una cualificación o titulación, encontramos las que permiten adquirir una cualificación, la adquisición de la base de conocimientos y competencias, la validación de la experiencia adquirida (VAE), la realización de una evaluación de competencias o la creación (o reanudación) de una empresa.
El abono en la cuenta de formación personal se realiza automáticamente al principio del año siguiente al de la contratación. El modo de financiación de la cuenta depende de la situación del beneficiario. Los derechos del CPF siguen siendo adquiridos en caso de cambio de empleador o de pérdida de empleo. Estas son las diferentes formas en las que se puede alimentar la cuenta:
Si el trabajador desea participar en un curso de formación durante el tiempo de trabajo, debe hablar con su empleador y solicitar su autorización al menos 60 días naturales antes del inicio de la formación. El empresario tiene 30 días naturales para dar una respuesta al trabajador. Si no hay respuesta, se acepta la solicitud de formación. Cuando la formación solicitada se realiza fuera del horario de trabajo, el trabajador no tiene que pedir el acuerdo de su empresario y puede hacer uso de sus derechos de formación libremente. Los costes de la formación pueden ser cubiertos por la cuenta de formación personal. El salario del trabajador se mantiene cuando las horas de formación tienen lugar durante la jornada laboral.